PAREJAS DEL MISMO SEXO Casos en que este beneficio ha sido negado a homosexuales se siguen presentando. 10:43 p. m. | 12 de febrero de 2015 Foto: Archivo / EL TIEMPO El alto tribunal tuvo para su estudio una tutela que da cuenta de cómo a pesar de existir jurisprudencia clara sobre el tema, no siempre se reconoce. Aunque en el 2008, la Corte Constitucional dejó claro, a través de la sentencia 336, que no es exclusivo de las parejas heterosexuales tener el derecho de recibir el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, los casos en que a los homosexuales les niegan esa posibilidad se siguen presentando en el país. El alto tribunal tuvo para su estudio una tutela que da cuenta de cómo a pesar de existir jurisprudencia clara sobre el tema, no siempre se reconoce. El caso, analizado por el magistrado Mauricio González, por el que nuevamente la Corte se pronuncia se trató de una pareja de hombres que estuvo conviviendo por más de quince años. Tras la muerte de uno de ellos, en mayo del 2013, su pareja tuvo que emprender una lucha jurídica para lograr el reconocimiento de sus derechos.
Hace pocos días se han presentado en la Asamblea de Madrid dos informes realizados por consultoras privadas especializadas, que demuestran que la mayoría de colegios concertados de la Comunidad de Madrid exigen a los padres un pago fijo obligatorio de forma presuntamente irregular. Esto no es nuevo, hace años que viene sucediendo. Y no sólo sucede en Madrid, sino también en varios colegios de la geografía española, donde los centros obtienen lucro al cobrar cuotas de unos 148 euros mensuales de media (en algunos casos alcanzan los 198 euros) sin informar debidamente de su carácter no obligatorio, contraviniendo la ley orgánica del derecho a la educación. Los dos informes presentados en la Asamble de Madrid señalan que: El 77 por ciento de los colegios no menciona la voluntariedad de cuotas en la visita informativa de los padres. De ellos, el 39 por ciento tampoco lo refleja por escrito, y el 23 por ciento que sí lo menciona en la visita y sí aparece reflejado por escrito, de manera verbalizada tiende a explicar que tienen carácter obligatorio, en incluso que "la Administración les obliga a ponerlo así".